Si estás pensando en alquilar tu vivienda para uso turístico en la Comunidad Valenciana debes saber que, como propietario, existen unas obligaciones y unos derechos que asumir.
En la web de La Generalitat Valenciana encontrarás toda la información sobre los trámites y normativas. Sin duda, tienes que conocer los aspectos de la Guía de la Vivienda de Uso Turístico para Propietarios que ha editado el Consejo General de Administradores de Fincas de la Comunitat Valenciana en colaboración con Turisme Comunitat Valenciana. ¡De lectura obligatoria! ?
¿Qué es una vivienda turística?
Tal y como define la Generalitat Valenciana:
«se consideran viviendas de uso turístico los inmuebles que cumplan los siguientes requisitos: inmuebles completos, cualquiera que sea su tipología, que cuenten con el informe municipal que permita dicho uso turístico, cuyo uso se ceda mediante precio, con habitualidad, en condiciones de inmediata disponibilidad y con fines turísticos, vacacionales o de ocio».
Pasos para dar de alta una vivienda turística en Valencia
Ya has decidido que quieres alquilar a turistas tu vivienda, ¿cuál sería el primer paso? Además de condicionar la vivienda para que los huéspedes puedan disfrutar de las mejores comodidades, lo primero que debes hacer es realizar el registro.
Registro en Turisme Comunidad Valenciana
Como propietario debes inscribir la vivienda de uso turístico en el Registro de Turisme Comunitat Valenciana.
- Puedes hacerlo por Internet
- De manera presencial en los Servicios Territoriales Provinciales de Turismo.
- Y también es posible tramitarlo en oficinas de Correos o ante los órganos correspondientes del Estado o embajadas y consulados.
Te aconsejamos que, además de dar de alta la vivienda en el registro turístico, te asesores sobre la normativa en tu municipio.
Para realizar el alta de la vivienda turística en el registro, el propietario necesitará aportar:
- Comunicación de que va a destinar la vivienda a uso turístico
- Características de la misma
- Declaración responsable de requisitos necesarios
- Documentación acreditativa de la personalidad física o jurídica
- Documentación sobre la vivienda
- Número de referencia catastral
- Informe municipal de compatibilidad urbanística que permita su uso como vivienda turística.
- Código Seguro de Verificación (CSV), un número que aparece en el informe anterior y que garantiza la autenticidad de los documentos electrónicos
Una vez realizado este trámite, puedes empezar a promocionar tu vivienda y obtener beneficios con el alquiler turístico. ¿Necesitas ayuda con la gestión?